Aquí en Finanzas IQ queremos que estés a la pendiente total de lo qué haces con tu dinero y cómo lo puedes manejar de mejor manera, aunque también debes saben que los impuestos que pagas deben constituir bien su uso y para eso la Secretaria de Finanzas se encargan de administrar y llevar el pago de impuestos.

Aquí te dejamos las funciones principales de la Secretaría de Finanzas:

¿Qué hace la secretaria de Finanzas?

La Secretaría Administración y Finanzas de la Ciudad de México de conformidad con lo estipulado en el artículo 27 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México vigente, le compete el despacho en materias: de desarrollo de políticas de ingresos y administración tributaria, la programación, presupuestación y evaluación del gasto público de la Ciudad de México.

Funciones Primordiales de la Secretaría de Finanzas

Dictar las políticas de la administración financiera y tributaria que busquen eficientar la recaudación, planeación, programación y evaluación; así como las políticas administrativas para el uso eficiente de los recursos humanos y materiales, contribuyendo al desarrollo de un servicio público de calidad.

Y también La Secretaría de Administración y Finanzas de la Ciudad de México tiene como principal interés dirigir la política económica del Gobierno de la ciudad en materia financiera, fiscal, de gasto, de ingreso y deuda pública, con el propósito de fortalecer a esta Ciudad capital con crecimiento económico de calidad, equitativo, incluyente y sostenida.

Funciones Orgánicas de la Secretaría de Finanzas de la CDMX

-Elaborar el presupuesto de ingresos de la Entidad que servirá de base para la formulación de la iniciativa de Ley de Ingresos del Distrito Federal.
– Formular y someter a la consideración del Jefe de Gobierno el proyecto de los montos de endeudamiento que deben incluirse en la Ley de Ingresos, necesarios para el financiamiento del presupuesto.
– Recaudar, cobrar y administrar los impuestos, derechos, contribuciones de mejoras, productos, aprovechamientos y demás ingresos a que tenga derecho el Distrito Federal en los términos de las leyes aplicables.
-Ordenar y practicar visitas domiciliarias para comprobar el cumplimiento de las obligaciones establecidas en el Código Financiero y demás disposiciones legales aplicables.
– Determinar, recaudar y cobrar los ingresos federales coordinados, con base en las leyes, convenios de coordinación y acuerdos que rijan la materia, así como ejercer las facultades de comprobación que las mismas establezcan.
Imponer las sanciones que correspondan por infracciones a disposiciones fiscales y demás ordenamientos fiscales de carácter local o federal, cuya aplicación esté encomendada al Distrito Federal.
– Ejercer la facultad económico coactiva, para hacer efectivos los créditos fiscales a favor del Distrito Federal.
– Vigilar y asegurar en general, el cumplimiento de las disposiciones fiscales.
– Formular las querellas y denuncias en materia de delitos fiscales y de cualquier otro que represente un quebranto a la hacienda pública del Distrito Federal.
– Representar en toda clase de procedimientos judiciales o administrativos los intereses de la hacienda pública del Distrito Federal, y los que deriven de las funciones operativas inherentes a los acuerdos del Ejecutivo Federal en materia de ingresos federales coordinados.

Compete también a esta Secretaría la administración, ingreso y desarrollo del capital humano y los recursos de la Administración Pública de esta Ciudad capital, así como representar el interés de la misma en controversias fiscales y en toda clase de procedimientos administrativos ante los tribunales en los que se controvierta el interés fiscal de la Entidad.